Erradicar el trabajo infantil, el trabajo forzoso y la trata de personas en las cadenas mundiales de suministro
Al adoptar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), la comunidad internacional se ha comprometido a erradicar el trabajo infantil a más tardar en 2025, y el trabajo forzoso y la trata de personas en 2030. Según las últimas estimaciones mundiales, 152 millones de niños se encuentran en situación de trabajo infantil, y 25 millones de adultos y niños son víctimas del trabajo forzoso, en particular en las cadenas mundiales de suministro. Con el fin de alcanzar la Meta 8.7 de los ODS, los gobiernos, las empresas, los interlocutores sociales, el sector financiero y la sociedad civil deben adoptar medidas enérgicas para abordar las causas fundamentales y los factores determinantes de estas violaciones de los derechos humanos en el trabajo.
Este informe presenta los resultados y conclusiones de la investigación conjunta realizada por la OIT, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), bajo los auspicios de la Alianza 8.7, sobre la vinculación del trabajo infantil, el trabajo forzoso y la trata de personas con las cadenas mundiales de suministro. Se trata del primer intento por parte de las organizaciones internacionales de medir el trabajo infantil, el trabajo forzoso y la trata de personas en las cadenas mundiales de suministro.
El informe se ha preparado atendiendo a lo dispuesto en la Declaración Ministerial de la reunión de los Ministros de Trabajo y Empleo del Grupo de los 20 (G20), celebrada en julio de 2017, en la que se pide “a las organizaciones internacionales, en cooperación con la Alianza 8.7, que elaboren un informe conjunto que contenga propuestas sobre la forma de acelerar la acción para eliminar las peores formas de trabajo infantil, el trabajo forzoso y la esclavitud moderna en las cadenas mundiales de suministro, incluida la identificación de los sectores de alto riesgo, así como la manera de apoyar el fortalecimiento de la capacidad en los países más afectados”. También responde a la Declaración de Buenos Aires sobre el trabajo infantil, el trabajo forzoso y el empleo de los jóvenes, adoptada en noviembre de 2017, en la que se pide que se lleven a cabo “investigaciones sobre el trabajo infantil y el trabajo forzoso y sus causas fundamentales… prestando especial atención a las cadenas de suministro”.
Este informe pretende sustentar las políticas y prácticas públicas y empresariales para prevenir el trabajo infantil, el trabajo forzoso y la trata de personas vinculados a las cadenas mundiales de suministro. También reconoce la naturaleza pluridimensional de estas violaciones y la necesidad de hacerles frente mediante una combinación acertada de políticas. Se tienen en cuenta no solo los factores de riesgo y las intervenciones de políticas necesarias para abordar la vulnerabilidad de las personas, sino también la extraordinaria complejidad de las cadenas mundiales de suministro que pueden ocultar abusos y vínculos con la informalidad y la migración laboral.
El informe se divide en dos partes. La Parte 1, Entendiendo el trabajo infantil, el trabajo forzoso y la trata de personas vinculados a las cadenas mundiales de suministro, presenta datos empíricos no solo sobre la prevalencia del trabajo infantil, el trabajo forzoso y la trata de personas vinculados a las cadenas mundiales de suministro, sino también sobre una serie de factores de riesgo conexos. En particular, se examina la manera en que la vulnerabilidad socioeconómica de las personas y los trabajadores asociada a las presiones económicas y comerciales que sufren los proveedores en las cadenas mundiales de suministro, pueden engendrar abusos cuando no existen mecanismos que favorezcan el estricto cumplimiento de la ley. La Parte 2, Respuesta al trabajo infantil, el trabajo forzoso y la trata de personas en las cadenas mundiales de suministro, ofrece dos perspectivas de políticas. Por un lado, ofrece una visión global de la obligación del Estado de establecer normas y aplicar marcos jurídicos con el fin de proteger a los trabajadores y mitigar su vulnerabilidad al abuso, y darles acceso a mecanismos de reparación mediante la elaboración de herramientas de políticas y buenas prácticas; y, por otro, presenta la acertada combinación de políticas que es necesaria para facilitar e incentivar la conducta responsable de las empresas en las cadenas de mundiales de suministro.